legalización de cámaras de vigilancia

Formación LOPD

La formación LOPD de sus trabajadores es importante, pero tenga usted muy claro que, en materia de protección de datos, no hay nada obligatorio.

La formación LOPD tampoco, pero es muy valorada por la Agencia Española de Protección de Datos.

De tal forma que, si tienen una brecha de seguridad, provocada por el desconocimiento de la plantilla, la AEPD, le va a solicitar si ha realizado formación LOPD.

Ya que es una medida de seguridad para la prevención de esos errores, lo que se entiende como una medida proactiva en el cumplimiento de la LOPD.

Le comento lo de la obligación porque hay mucho listo, mal asesor y vendedor de cursos al acecho de la buena gente.

¡Ojo!, que en muchos casos puede ser la diferencia entre una sanción económica o una advertencia o apercibimiento.

En nuestra opinión, aunque la normativa no obliga, de facto hay que hacerla como medida de prevención.

Y dentro de un plan de formación y concienciación que, en Lexsuite Consulting, ponemos en marcha en todas las organizaciones de nuestros clientes, pero repito que no es obligatorio.

Por ello no se deje engatusar y engañar por los que le llamen diciendo que es obligatorio hacer un curso de esto o de lo otro para cumplir con la LOPD, es mentira.

Elija profesionales acreditados

Lexsuite Consulting dispone de su propia plataforma de formación LOPD.

Y trabajamos con todos nuestros clientes e incluso la ponemos a disposición de otros  especialistas LOPD que no tienen plataforma de formación.

Para sufragar los gastos de la formación dispone de los llamados créditos formativos.

En ningún caso pueden ser utilizados para abonar servicios profesionales.

Es decir, no pueden realizarle trabajos de protección de datos con cargo a créditos formativos.

Nuestros clientes reciben dos facturas de servicios, uno por la cuota anual de servicio y otra por la formación realizados.

El importe íntegro menos impuestos de los cursos formativos son bonificables a través de los seguros sociales.

¿Qué son los créditos formativos?

Los créditos formativos son créditos que se disponen para la formación de sus trabajadores por cuenta ajena.

Como empresario o autónomo, cuando tiene trabajadores abona una cantidad en sus nóminas en concepto de formación.

La Seguridad Social a través de la Fundación Estatal, le ofrece todos los años recuperar ese dinero  en formato de crédito formativo.

Todas las empresas disponen todos los años, de al menos 420€ para la formación de sus trabajadores.

Al mes siguiente de la finalización de la acción formativa podrá bonificar la cantidad pagada en las cotizaciones sociales que abona mensualmente.

Ejemplo:

Supongamos que un trabajador/a suyo realiza una formación por valor de 400€ + IVA, (el IVA no se bonifica) 

Al mes siguiente de finalizar el curso, pagará lo que paga siempre, menos los 400€ de la formación que realizó su trabajador/a

Cómo estamos en el país de la picaresca, muchas empresas de formación y servicios de prevención de riesgos se han lanzado a la caza de los créditos formativos.

Y para abaratar sus  servicios, sin ninguna formación LOPD y de forma muy agresiva, venden servicios LOPD.

Es lo que se llama “LOPD a coste cero”, esto está terminantemente prohibido

 

¿Cuáles son las consecuencias de realizar estas practicas ilegales?

Debe de saber que tanto la Tesorería General de la Seguridad Social como la Agencia Tributaria y la Agencia Española de Protección de Datos, persiguen estás prácticas.

Y las consideran  como una estafa con fuertes sanciones.

Además de las sanciones será sometido a inspección los 5 años posteriores y anteriores.

Y estará obligado a pagar y devolver los créditos más los intereses devengados.

Deberá disponer de factura donde se especifiquen claramente cuales son servicios profesionales de asesoramiento.

Y el comprobante con el abono bancario y cuál corresponde a una acción formativa con el comprobante del abono bancario.

Es una mala práctica bastante extendida, que no le  ahorrará ningún dinero, si como consecuencia de ello, le llega una sanción.

Lexsuite Consulting se encarga de realizar todos los trámites

Recuerde que la formación es muy recomendable.

Pero no es obligatoria.

Si la realiza y utiliza créditos formativos, hágalo con operadores autorizados por la Fundación Estatal y debidamente registrados como Lexsuite Consulting.

Nosotros nos encargamos de realizar toda la tramitación.

Y disponemos de una plataforma homologada por la Fundación Estatal.

Al finalizar, tan sólo tendrá que entregar la factura de formación a su gestor laboral.

Y su gestor le realizará la bonificación en sus seguros sociales.

¡Llame sin compromiso!

900 900 487