En el acelerado y cambiante mundo de hoy, las empresas y organizaciones necesitan tomar medidas para asegurarse de que sus prácticas empresariales son justas, transparentes e inclusivas.
En España, por ejemplo, todas las empresas están obligadas a aplicar La Ley 03/2007 para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Las empresas con menos de 50 personas trabajadoras deben de cumplir con la Ley disponiendo de medidas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres en el entorno laboral y a disponer de un protocolo de Acoso Sexual y por razón de sexo. ( que es una medidas más). Además están obligadas a ofrecer a su plantilla formación y sensibilización en materia de igualdad, diversidad, etc.
Por otra parte aquellas empresas que tengan + 50 personas trabajadoras estarán obligadas a disponer de una Plan de Igualdad.
Si eres propietario o director de una empresa en España y no estás seguro de si tu organización está obligada a tener un Plan de Igualdad, hay varios indicadores clave que puedes utilizar para determinar si tu empresa está obligada a aplicarlo.
¿Cómo entiende la Inspección de trabajo si tu empresa tienen más o menos de 50 personas trabajadoras?
La mayoría de las empresas, creen que el cómputo se realiza por las personas que tienen en alta, es decir, las que aparecen en una ITA (Informe de Trabajadores en Alta) y se equivocan.
Una empresa puede tener 35 trabajador@s en plantilla y el empresario creer que no tienen obligación de tener una Plan de Igualdad, pero la Inspección de trabajo lo que cogerá son los datos que aparecen en la vida laboral de la empresa.
En la vida laboral de la empresa, aparecen todas las contrataciones que la empresa ha realizado a lo largo del año.
Para el cómputo, deberemos de saber cuántas personas hemos contratado en el año, aunque fuera un sólo día y generalmente todas las empresas suelen tener contrataciones de refuerzo por producción en navidades, verano, recolección, sustitución, etc.
En este cómputo de personas contratadas también deberemos incluir las contrataciones que hagamos a una ETT, los trabajadores que provienen de una Empresa de Trabajo Temporal tienen idénticos derechos que los que tenemos en plantilla.
Una empresa que tenga 35 personas en ITA, puede tener perfectamente 55 en vida laboral y estaría obligada a disponer de una Plan de Igualdad.
Así que cuando dudes, solicita a tu gestor laboral una vida laboral de la empresa y al final del informe aparece el número de personas trabajadoras que has contratado en el año hasta la fecha. Si es +50 tu empresa está obligada a disponer de una Plan de Igualdad.
Beneficios de aplicar un Plan de Igualdad
Independientemente de que una empresa esté obligada a aplicar un Plan de Igualdad, hay numerosos beneficios derivados de tener dicho plan en marcha.
- Un Plan de igualdad puede ayudar a reducir las quejas y tensiones en el lugar de trabajo, aumentando la productividad y la moral de los empleados.
- También puede ayudar a las empresas y organizaciones a atraer y retener una fuerza laboral diversa, lo que puede suponer un aumento de la innovación y la creatividad.
- Por último, un Plan de igualdad puede ayudar a demostrar el compromiso de una empresa con la diversidad y la inclusión, lo que puede hacer que la empresa sea más atractiva para los clientes y los empleados potenciales.
- Para licitar con la administración pública es obligatorio disponer de un Plan de Igualdad
Si tienen alguna duda, estamos a su disposición para cualquier consulta (elopez@lexsuite.es)