Suplantación de identidad en la solicitud de créditos y prestamos
Juan fue a solicitar un préstamo a su entidad bancaria y una vez solicitado una CIRBE, le informan que tiene un crédito concedido de 1000€ el mes anterior, del que Juan asegura que no es suyo.
¿Qué tenemos que hacer para denunciar y solucionar esta implantación de identidad?
En primer lugar, debes denunciar los hechos ante la Policía Nacional, Guardia Civil o en el Juzgado de Instrucción del lugar donde hayan ocurrido los hechos.
En los casos de suplantación de identidad se trata de operaciones no autorizadas y las entidades financieras están sujetas a un deber de diligencia reforzado.En estos casos, los bancos deberán probar la culpa y negligencia grave del cliente afectado. De lo contrario, pueden ser declaradas responsables y obligadas a indemnizar por los daños sufridos.
Así, establece el artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera que, en caso de que se ejecute una operación no autorizada, el banco devolverá al usuario el importe de la operación de inmediato y a más tardar al final del día hábil siguiente a la notificación de la operación.
La excepción a lo anterior es que el banco sospeche de la existencia de fraude, en cuyo caso debe comunicar dichos motivos al Banco de España. Pero también restituirá al usuario el adeudo.
Es el banco quién deberá probar el fraude o la negligencia grave del usuario.
Tendremos que acompañar a la denuncia todas las pruebas de cargo
Hay que aportar todo lo que tengamos, como por ejemplo, el falso contrato de préstamo, el certificado bancario demuestre el hecho, toda la información que me facilite el banco, como el número de cuenta de destino donde ha ido a parar el dinero, los titulares de dicha cuenta, la forma en la que se ha abierto esa cuenta o si se ha realizado algún movimiento en la misma, por ejemplo, si se ha retirado dinero en un cajero y el banco confirma que existen grabaciones.
En este caso informaremos de ello en la denuncia para después pedir esas grabaciones tanto en sede policial como en sede judicial solicitando que el juzgador oficie al banco para requerir copia de las mismas.
En el orden mercantil debemos poner también reclamación ante el banco, adjuntando copia de la denuncia e indicando que se trata de una operación no autorizada y realizada con suplantación de identidad.
¿Cómo realizamos la reclamación ante la entidad bancaria o ante el Banco de España?
Para reclamar al Banco de España, obligatoriamente antes hay que presentar reclamación en la entidad bancaria donde se registra el prestamos suplantado en tu nombre.
Paso 1 Reclamación ante la entidad bancaria
- Presentar un escrito ante los Servicios, Departamentos o Defensores del Cliente de la entidad.
- Si no estás de acuerdo con la resolución o no te contestan en el plazo 15 días hábiles (cuando tu reclamación esté relacionada con algún servicio de pago) – un mes (para otras reclamaciones, si eres consumidor) – o dos meses (para otras reclamaciones si no eres consumidor) puedes acudir al Banco de España.
Paso 2 Reclamación ante el Banco de España
Por escrito, directamente en el Registro General del Banco de España o por correo postal a:
Banco de España
Departamento de Conducta de Entidades
C/Alcalá 48
28014 Madrid
O a través de cualquiera de sus sucursales
Recuerda que toda la información debes aportarla en el juzgado o policía ampliando la denuncia que ya habrás realizado.
¿Qué pasa si estoy en un fichero de morosos por no pagar la deuda?
En los ficheros no pueden estar incluidas deudas que estén reclamadas ante un órgano administrativo o judicial, por lo tanto, con copia de la denuncia y de las reclamaciones presentadas ante un órgano administrativo (ya sea Banco de España o consumo) o bien vía judicial se puede solicitar la cancelación de los datos personales incluidos en el fichero.
Así lo establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales en su artículo 20.